PICO Y PLACA CARTAGENA 2025
La medida de pico y placa en la ciudad de Cartangena se aplica a los vehículos particulares y motocicletas con el último número de placa.
- Aplica: De lunes a viernes.
- Horario: De 7:00am a 9:00am y de 6:00pm a 8:00pnm los vehículos particulares / De 5:00am a 11:00pm las motocicletas.
- No Aplica: Sábados, domingos y festivos.
En Cartagena se encuentra vigente la segunda rotación desde el 07/04/2025 hasta el 04/07/2025, así:
DÍA | DÍGITO |
---|---|
LUNES | 9 y 0 |
MARTES | 1 Y 2 |
MIERCOLES | 3 Y 4 |
JUEVES | 5 Y 6 |
VIERNES | 7 Y 8 |
TAXIS
Esta restricción también aplica de manera rotativa, actuamente se encuentra en vigencia desde el 31/03/2025 hasta el 02/05/2025.
- Aplica: De lunes a viernes.
- Horario: De 6:00am a 6:00am del día siguiente.
- No Aplica: Sábados, domingos y festivos.
DÍA | DÍGITO |
---|---|
LUNES | 7 Y 8 |
MARTES | 9 Y 0 |
MIERCOLES | 1 Y 2 |
JUEVES | 3 Y 4 |
VIERNES | 5 Y 6 |
EXCEPCIONES
- Vehículos híbridos y eléctricos.
- Vehículos de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas.
- Vehículos oficiales y del Ministerio Público.
- Vehículos que transporten personas con discapacidad.
- Vehículos de emergencia y de servicios públicos domiciliarios.
RECOMENDACIÓN LEGAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO VEHÍCULAR
Desde Colpyp recomendamos a todos los conductores y propietarios de vehículos automotores en Colombia dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002 y sus modificaciones). Es obligatorio portar y mantener vigente la documentación reglamentaria del vehículo, especialmente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y el certificado de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, los cuales son requisitos legales para la circulación en el territorio nacional.
La omisión o vencimiento de cualquiera de estos documentos constituye una infracción de tránsito. De acuerdo con el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, circular sin alguno de estos requisitos puede acarrear una sanción económica equivalente a 30 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), además de la inmovilización inmediata del vehículo. Por tanto, instamos a todos los ciudadanos a cumplir con estas obligaciones legales, no solo para evitar sanciones, sino también para garantizar la seguridad vial y proteger la vida en la vía.
Más información
Para más información lo invitamos a consultar la página oficial de la Alcaldia de Cartagena.